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Calendario escolar en Medellín


En Medellín y en Colombia en general, los colegios operan bajo dos tipos de calendarios: el calendario A y el calendario B. Esta situación plantea varias preguntas para los padres a la hora de tomar decisiones sobre la educación de sus hijos. Se preguntan en qué periodo académico deberían matricular a sus hijos y en qué colegio sería más conveniente inscribirlos. También surgen interrogantes como: ¿Cuál de los dos calendarios es más adecuado y por qué?, ¿El costo del colegio varía según el calendario?, ¿Cuáles son las ventajas de estudiar en el calendario A o el calendario B? Estas son cuestiones importantes que abordaremos para ayudarte a tomar decisiones informadas sobre la educación de tus hijos en Medellín y Colombia.

Calendario escolar A

El calendario "A" se aplica en la mayoría de las instituciones públicas y en una considerable cantidad de colegios privados. Este período académico comienza en febrero y concluye en noviembre, con dos períodos de vacaciones: uno durante la Semana Santa y otro más extenso, que abarca casi un mes, entre los meses de junio y julio.

Es importante destacar que muchos de los colegios que siguen el Calendario "A" también establecen alianzas con escuelas que promueven estudios en el extranjero. Esto tiene como objetivo ofrecer programas de inmersión que enriquezcan la formación y mejoren la preparación de los estudiantes.

Calendario escolar B

En el calendario "B", los períodos de vacaciones presentan algunas variaciones. El primer período abarca los siete días de la Semana Santa, mientras que el segundo período va desde el 15 de diciembre hasta el 10 de enero. En general, los colegios de mayor nivel económico tienden a adoptar el calendario "B". Esto se hace para que sus estudiantes puedan ajustarse a los calendarios de países como Canadá y los Estados Unidos, donde se ofrecen cursos de verano y se permiten intercambios culturales. El objetivo principal de estos programas es que los estudiantes puedan conocer nuevas culturas y fortalecer sus habilidades en el idioma inglés.

Inicio de clases en colegio privados

En lo que respecta a los colegios privados, cada institución tiene la flexibilidad de establecer su propio calendario, siempre y cuando cumplan con el número mínimo de horas de trabajo establecido por la Resolución 1730 de 2004. Según esta disposición, los colegios deben garantizar un mínimo de 800 horas de trabajo anuales para preescolar, 1.000 horas para la educación primaria y 1.200 horas para la educación secundaria y media. No obstante, es importante señalar que la mayoría de los colegios privados que siguen el calendario "A" suelen comenzar las clases a finales de enero o principios de febrero.

Calendarios Académicos de Medellín

Si estás buscando información actualizada sobre los calendarios escolares de la ciudad de Medellín, puedes consultar los detalles más recientes sobre fechas de inicio y finalización de clases, periodos vacacionales y días festivos.

Para acceder a los calendarios oficiales del ciclo escolar vigente y otras novedades, visita los enlaces dispuestos al costado.

¿Cómo se fija el calendario en los colegios?


Con el propósito de garantizar que los estudiantes alcancen los estándares educativos establecidos, Colombia ha definido un número mínimo de horas de trabajo anuales con los estudiantes. Este mínimo se establece en 800 horas al año para preescolar, 1,000 horas en la educación primaria y 1,200 horas en la educación secundaria y media. Estas regulaciones se encuentran en la Resolución 1730 de 2004, aplicables a los establecimientos educativos privados.

Estas horas de trabajo escolar se distribuyen en dos tipos de calendarios en el país: el calendario "A", que comienza en febrero y concluye en noviembre, y el calendario "B", que inicia en septiembre y finaliza en junio. Actualmente, todos los establecimientos educativos públicos operan bajo el calendario "A".

El Ministerio de Educación Nacional (MEN) establece que tanto los colegios públicos como los privados tienen autonomía para elegir el calendario que desean implementar, siempre y cuando cumplan con las horas académicas requeridas. El director de cada colegio debe definir el calendario al comienzo del año lectivo, que debe desarrollarse a lo largo de 40 semanas. En el caso de que se programen jornadas con más de 30 horas efectivas por semana, cada 30 horas adicionales acumuladas se contarán como una semana lectiva adicional.

Es importante mencionar que los calendarios para los colegios públicos son establecidos mediante resolución, mientras que los colegios privados deben cumplir con las semanas lectivas, pero no están sujetos a los calendarios de los departamentos y municipios certificados.